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Fallo Sumario.


Jurisprudencia Sintetizada. CNACIV 2019. IN82323

Ref. Jurisprudencia Sumariada Oficial. Año 2019. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Voces: 000027325 1-1 DAÑOS Y PERJUICIOS. Accidente en un local comercial. Establecimiento comercial. Ley de defensa del consumidor. Procedencia.

1- La sociedad propietaria de un centro comercial es responsable respecto de los daños sufridos por la actora dentro de la pista de patinaje a cargo de la otra codemandada, ya que el deber de seguridad, propio de la relación negocial que asiste a un vínculo contractual, trasciende la formalidad del contrato de locación o 'uso de stand', para fincar sobre la figura más precisa de operación económica que alcanza todo el espectro convencional del negocio, como piedra angular sobre la cual debe establecerse la responsabilidad que dimana de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. Por lo que resulta aplicable el art. 5 de la citada ley en cuanto establece con total claridad que las cosas o servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios. 2- Asimismo, a la luz de lo dispuesto en el art 40 de la referida ley, si el consumidor sufriere un daño producto del vicio o riesgo de la cosa o de la prestación del servicio, responde la línea completa de sujetos, proveedores fabricantes, prestadores, vendedores o quienes hubieren colocado su marca identificadora en la cosa o servicio, de manera solidaria. (Sumario N°28144 de la Base de Datos de la Secretaría de Documentación y Jurisprudencia de la Cámara Civil). POLO OLIVERA, CARRANZA CASARES, BELLUCCI. G086674 A., G.E. c/ HIELO Y EVENTOS S.R.L. y otros s/ DAÑOS Y PERJUICIOS. 24/10/19 CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. Sala G.

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